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Bizum también entra en el radar de Hacienda, que controlará pagos a empresarios y autónomos

Siguendo la estela de Wallapop y Vinted, Hacienda también controlará los pagos a través de Bizum, pero no los que se produzcan entre particulares, sino los que se realicen por alguna transacción económica con empresas o autónomos.

El pago por bizum se ha convertido en una costumbre ya arraigada socialmente.
El pago por bizum se ha convertido en una costumbre ya arraigada socialmente. (Eduardo PARRA | EUROPA PRESS)

Su rápida expansión desde que surgiese en 2016, pero sobre todo el importante tráfico de transacciones económicas que se realizan diariamente, provocará que Bizum también acabe en el radar de la Hacienda.

Siguiendo la estela de Wallapop y Vinted, esta forma de pago, con 35 operaciones por segundo y que ya representa el 95% de las transferencias inmediatas y el 53% del total de la zona SEPA –zona en la que ciudadanos, empresas y otros agentes económicos pueden hacer y recibir pagos en euros–, será controlada mediante un próximo real decreto en el que ya está trabajando el Gobierno español. Habrá qué ver cómo se aplica esto en las haciendas vascas, que tienen sus propias normas fiscales.

En todo caso, no hay por qué alarmarse. Esa nueva normativa no afectará a los pagos entre familiares y amigos, sino que se encargará de regular aquellos que se realizan a empresas o autónomos por determinadas compras o servicios. Eso sí, Hacienda tendrá acceso a más datos sobre las transacciones electrónicas. 

«Cuando el real decreto entre en vigor, los bancos deberán informar a Hacienda sobre los ingresos que empresarios y autónomos reciban mediante pagos móviles como Bizum», explica Benjamí Anglès, profesor de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) y experto en derecho financiero y tributario.

«A partir de ahora, los bancos y demás entidades gestoras deberán presentar declaraciones mensuales para informar sobre los importes y las cuentas destinatarias de tales ingresos, de modo que la Agencia Tributaria conocerá los datos y las cantidades recibidas por los sujetos que utilizan este tipo de plataformas para facturar sus actividades y servicios», añade.

Más de 28 millones de usuarios

La frase «hazme un bizum» ya forma parte del lenguaje cotidiano. No en vano, esta forma de pago supera la cifra de 28 millones de usuarios y 82.000 comercios asociados.

Solo en 2024, en esta plataforma se llevaron a cabo casi 1.100 millones de operaciones por valor de más de 44.000 millones de euros, según los datos que maneja la propia empresa.

Anglès recuerda que «hasta la fecha, las entidades bancarias estaban obligadas a informar anualmente a Hacienda sobre los cobros que recibían los empresarios y autónomos mediante tarjetas de débito o de crédito, siempre que superasen los 3.000 euros».

Con los cambios que se anuncian, se elimina este límite y también se incluyen los ingresos recibidos a través de Bizum u otros sistemas de pagos electrónicos, independientemente del domicilio del pagador y del de la entidad financiera que gestione el pago.

Podrán revisar tus bizums

Como se ha mencionado, el cambio legal no afecta a usuarios particulares, especialmente cuando el envío se lleva a cabo entre familiares o amigos y los importes no superen los 10.000 euros anuales.

No obstante, «el hecho de que Hacienda pueda llegar a saber de su existencia y disponer de los datos de los destinatarios de los pagos, haría públicos, a los ojos de Hacienda, unos actos que hasta ahora podían percibirse como exclusivamente privados», advierte Anglès.

De este modo, «cuando se efectúe un pago a un empresario o autónomo mediante un sistema móvil a cambio de una actividad o servicio, ambas partes tendrán que ser conscientes de que dicha operación podrá ser conocida por la Agencia Tributaria», ejemplifica.

Y, a partir de esta información, las autoridades tributarias podrán hacer las comprobaciones e inspecciones que consideren oportunas para determinar su correcta tributación.

De entrada, esas comprobaciones e inspecciones recaerán sobre los sujetos pasivos obligados a declarar y tributar por tales ingresos, pero, dado que la tecnología permite identificar el origen de los pagos, no es descartable, según dicho experto en derecho financiero y tributario, que también se puedan enviar requerimientos de información a los pagadores para que expliquen y confirmen el motivo y el contenido de las operaciones.