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La OTA se extenderá el 28 de abril a los barrios altos de Errekalde

El Consistorio bilbaino extiende a partir del 28 de abril a los barrios altos de Errekalde como Betolaza, Uretamendi, Iturrigorri, Peñascal y Larraskitu Sur. Además, se amplía el estacionamiento regulado en nuevas calles de Errekaldeberri. El vecindario ya puede solicitar la tarjeta de residente.

Un parquímetro de la OTA de Bilbo.
Un parquímetro de la OTA de Bilbo. (Bilboko Udala)

A partir del 28 de abril, los barrios de Betolaza, Uretamendi, Iturrigorri, Peñascal y Larraskitu Sur contarán con sus respectivos ámbitos regulados de OTA, donde las personas residentes en los correspondientes cuadrantes podrán estacionar. Además, el ámbito de Errekaldeberri también amplía su zona de aparcamiento regulado en nuevas calles.

El horario de funcionamiento de la OTA en este ámbito será el correspondiente al área residencial, de lunes a viernes, de 9.00 a 13.30 y de 15.00 a 19.00. Los sábados no habrá OTA, y en agosto solo funcionará por las mañanas.

Las personas que viven en estas zonas, donde habrá sector verde, pueden solicitar ya su tarjeta de residentes, que les permitirá estacionar sin limitación de tiempo dentro de los mismos. Las solicitudes del distintivo se podrán realizar a través de la web municipal, la oficina de atención al público de la calle Lersundi número 5.

Los nuevos ámbitos OTA tendrán la tarifa anual B, 50 euros anuales, o en su caso, prorrateada por trimestres naturales. Entre otras condiciones se establece que la persona residente deberá estar empadronada en Bilbo, en el mismo domicilio para el que se solicita la tarjeta; el domicilio debe coincidir con el de su empadronamiento y con el que figure en el NIF o NIE, en su permiso de conducción en vigor y en el permiso de Circulación de su vehículo; el vehículo del que es titular será un turismo o asimilado y debe estar al corriente del pago en Bilbo; el vehículo con tarjeta OTA no puede estar adscrito a una plaza de un aparcamiento de residentes municipal; y solo se concederá 1 tarjeta por residente y un máximo de 2 por domicilio, incluido en el total la posesión de una plaza de aparcamiento de residente municipal..