El TSJPV admite a trámite la denuncia contra Arraiz por sus declaraciones del 18 de noviembre
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha admitido a trámite la denuncia presentada contra el presidente de Sortu, Hasier Arraiz, por los presuntos delitos de «enaltecimiento y justificación del terrorismo» y «humillación a las víctimas y familiares».
El auto de admisión de la denuncia cuenta con el voto particular contrario de la magistrada Nekane Bolado, que cree que no existe delito, al igual que la Fiscalía, partidaria del sobreseimiento de las diligencias abiertas a raíz de sendas denuncias de Covite y de la asociación Dignidad y Justicia.
Este caso se deriva de unas declaraciones de Arraiz sobre la trayectoria de la izquierda abertzale, realizadas el pasado 18 de noviembre en Bilbo durante una mesa redonda organizada con motivo de los aniversarios de los atentados mortales contra Santi Brouard y Josu Muguruza.
«Hace 35 años la izquierda abertzale hizo una elección que consideramos, hoy más que nunca, acertada, no participamos en un juego que no tenía nada de democrático y nos hemos dedicado todo este tiempo a poner sobre la mesa las contradicciones de ese supuesto juego democrático y las hemos pagado, y muy caro además, y no estamos dispuestos a rechazar ni a revisar nada de aquello y reivindicamos, con todos nuestros errores, lo que fuimos y lo que somos, y lo que hemos hecho y lo que hacemos, como no podía ser de otra manera», dijo entonces Arraiz.
«Es cierto que esta batalla (del relato histórico) esta ahí y nos guste más o menos, nos obliga a entrar a escenarios del pasado donde está claro que nadie está libre de responsabilidades, en este conflicto nadie ha estado de espectador, todo el mundo ha tomado parte, todos hemos hecho sufrir y todos hemos sufrido. Nosotros no tenemos ningún problema para reconocer nuestras responsabilidades, siempre lo hemos hecho y creo que eso nos honra», apostilló.
En la resolución, la Sala de lo Civil y Penal indica que la admisión de la denuncia procede «por imperativo legal» con el fin de comprobar el hecho denunciado y ante «la imposibilidad de excluir de forma definitiva la significación delictiva de tales manifestaciones» que, según se precisa, en este momento es «simplemente indiciaria».