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El TSJPV condena a Arraiz a dos años de prisión en virtud del acuerdo con la Fiscalía

Hasier Arraiz no deberá ingresar en prisión después de ser condenado a dos años de prisión e inhabilitación por el TSJPV, en virtud del acuerdo alcanzado durante el juicio entre la defensa y la Fiscalía.

Hasier Arraiz, junto al abogado Iñigo Iruin. (Marisol RAMIREZ / ARGAZKI PRESS)

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la CAV (TSJPV) ha condenado a dos años de cárcel e inhabilitación especial al presidente de Sortu y parlamentario de EH Bildu Hasier Arraiz, tal como solicitaron, mediante acuerdo, el Fiscal Superior, Juan Calparsoro, y el abogado de la defensa, Iñigo Iruin. Con ello, Arraiz no deberá ingresar en prisión.

La sentencia señala que se le condena «como autor responsable de un delito de integración en organización o grupo terrorista, a una pena de dos años de prisión e inhabilitación especial para cargo público de ámbito municipal, provincial, autonómico, estatal y de ámbito europeo por el tiempo de la condena».

El líder de Sortu fue juzgado el pasado 9 de mayo y, durante la vista oral, el encausado manifestó su «conformidad» con los hechos que se le imputan, su renuncia al empleo de la violencia y su compromiso a contribuir a la reparación de las víctimas, por lo que la Fiscalía rebajó de seis a dos años la petición de prisión.

Por su parte, las acusaciones populares, ejercidas por la AVT y Dignidad y Justicia, rechazaron adherirse al acuerdo y solicitaron 10 años de cárcel. No obstante, el abogado de la AVT planteó, como alternativa, que se le condenara a cinco años de cárcel por «dilaciones indebidas».

La vista oral se podría haber evitado, si las partes hubieran llegado a un acuerdo igual al que se aplicó en enero en la Audiencia Nacional española a otros 35 militants de la izquierda abertzale, pero tanto AVT com oDignidad y Justicia se opusieron.

En declaraciones a Europa Press, esas dos asociaciones han anunciado que no recurrirán la sentencia.