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MADRID

Ruz autoriza la movilización de Tantaz Tanta pero deja la última decisión al juez Velasco

El juez de la Audiencia Nacional española Pablo Ruz ha considerado que no hay razones para tomar medidas contra la movilización de Tantaz Tanta que se celebrará mañana en Bilbo. No obstante, siguiendo las indicaciones del fiscal, que ayer instó a la prohibición, ha dejado la última decisión en manos de Eloy Velasco, por ser este quien instruye la causa contra Herrira.

Tantaz Tanta hizo ayer su última comparecencia para animar a la ciudadanía a acudir a Bilbo. (ARGAZKI PRESS)
Tantaz Tanta hizo ayer su última comparecencia para animar a la ciudadanía a acudir a Bilbo. (ARGAZKI PRESS)

El juez de la Audiencia Nacional española Pablo Ruz no tomará medidas contra la manifestación organizada mañana por Tantaz Tanta a favor de los derechos de los presos. No obstante, deja la última palabra al titular del juzgado de Instrucción número 6, Eloy Velasco, ya que es quien se encarga de la causa contra Herrira.

De este modo, el magistrado no considera que la marcha pueda constituir «un posible delito de enaltecimiento del terrorismo». Sin embargo, emplaza a pronunciarse a Velasco apoyándose en la solicitud de veto formulada ayer por el fiscal Carlos Bautista, que consideraba que el acto podría interpretarse como una «sucesión» de las actividades desarrolladas por la asociación en defensa de los derechos humanos, cuyas actividades fueron suspendidas en setiembre del pasado año tras la operación policial contra 18 personas. La novedad respecto a otras convocatorias es que no solo se pedía el veto por «enaltecimiento», sino que la Guardia Civil engloba la marcha dentro de la causa contra Herrira, un procedimiento en el que Ruz se inhibe por «no tener competencias» ya que está en manos de Velasco.

«No ha lugar a la adopción de medida cautelar alguna en cuanto a los actos previstos para el próximo 11 de enero», afirma el juez, respondiendo a la solicitud de prohibición realizada por la AVT, Dignidad y Justicia y la Asociación Plataforma de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo. Lo que sí hace, como es habitual, es poner la resolución en conocimiento del departamento de Interior de Lakua, Policía española y Guardia Civil, para que se «proceda al pertinente control y seguimiento de dichos eventos, adoptando las medidas necesarias para evitar que en curso de los mismos se realicen actos que pudieran ser constituyentes de delito de enaltecimiento o justificación de delitos de terroristas».

El magistrado se apoya en diversa jurisprudencia tanto de la Audiencia Nacional como del Tribunal Supremo para considerar que la reivindicación de la repatriación de los presos no constituye un delito, por lo que no cabe la prohibición. En este punto, el auto hace también referencia a tres informes de Ertzaintza, Policía española y Guardia Civil, de los que deduce que «la existencia de un posible enaltecimiento, de acciones terroristas o de sus autores no se ha acreditado, no habiéndose aportado en modo alguno elementos suficientes que permitan superar la fase de sospecha y alcanzar la fase de certeza o de alta probabilidad para decretar la prohibición del acto como medida cautelar».

No obstante, la última palabra la tendrá Velasco. Esto es así porque la Fiscalía instó al veto apoyándose en un informe del Instituto Armado que elaboraba la teoría de la «sucesión» de Herrira. Ahora, el titular del juzgado número 6 del tribunal de excepción tendrá que posicionarse.